PEQUEÑO COMERCIO ALIMENTARIO

ASESORAMIENTO GRATUITO

INSPECCIÓN TÉCNICA gratuita de su local

para evaluar las condiciones de

cumplimiento de la NORMATIVA,

de las TRAMITACIONES a realizar y

una estimación de COSTES

para iniciar la actividad.

CONTACTA CON NOSOTROS


COMERCIO ALIMENTARIO

DEFINICIÓN.

Los comercios alimentarios son aquellos en los que se suministran mercancías alimentarias al público.

 

TIPO DE TRAMITACIÓN.

Según el tamaño de la zona de venta la licencia se tramitará por Declaración Responsable (DR)Licencia de apertura (LA) para grandes superficies.

Para la venta de productos envasados no suele necesitar Calificación Ambiental previa por lo tanto se tramitan mediante DR.

Para la venta de productos frescos se tendrá que obtener previamente la Calificación Ambiental (CA), que en función de la superficie (zonas de venta menores de 750 m2) podrá ser Calificación Ambiental por Declaración Responsable (CA-DR) por lo que se presenta conjuntamente con la DR de la actividad.

Además estos negocios hay que darlos de alta en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarios y Alimentos.

 

QUÉ TIENE QUE CUMPLIR MI LOCAL.

Todos los locales deberán cumplir una serie de condiciones mínimas, aunque para cada uso y tamaño del local tendrán que ser más o menos estrictas:

  • Tiene que ser accesible la parte de acceso público.
  • Tienen que tener aseos pero para uso exclusivo del personal.
  • Protección contra incendios en función del tipo de productos de venta.
  • Aislamiento acústico en función del tamaño y la cantidad de personas que puedan acceder.
  • Ventilación según RITE.
  • Condiciones higiénico sanitarias específicas de los productos.

 

EJEMPLOS.

  • Fruterías.
  • Pescaderías.
  • Carnicerías.
  • Bocaterías.
  • Tiendas de desavío.